El nuevo acuerdo contempla la inclusión de la jerarquización de los honorarios médicos; la discusión relativa al nomenclador de prácticas; y la inclusión de módulos COVID-19, aplicables desde abril de 2020.
El directorio de IOMA aprobó ayer el acta acuerdo entre la obra social y la AMP. Una vez aprobada el acta fue rubricada por el presidente del Instituto, Homero Giles y por el titular de la AMP, Jorge Varallo.
En la reunión se registró una abstención y dos votos afirmativos manifestando disidencias respecto del reconocimiento de un copago diferencial. El titular del IOMA, Homero Giles, expresó que «estamos contentos porque ambas partes hemos puesto mucho esfuerzo para llegar a sellar a un convenio para mejor y que beneficia a ambas partes». «Nos comprometemos con aquellas cuestiones que no fueron saldadas y hemos generado un ámbito mixto de comisión para tratarlos. Nos comprometemos a realizar otro incremento en el transcurso de este año», agregó.
Por su parte, Jorge Varallo, dijo que «se firmó un convenio superador y que el transcurso de estos meses va a terminar cerrando muchas de las reivindicaciones de los médicos y sobre todo va a traer mayores beneficios a los afiliados. Celebramos esta circunstancia y esperamos llevar a cabo lo que pensamos».
Principales puntos del acuerdo
La actualización de la consulta en un 16% sobre lo que paga el Instituto retroactivo a julio (se prevé un nuevo incremento durante el año) que sumado al reconocimiento del copago diferencial representa un incremento del 23% a las consultas, siendo que la amp había pedido inicialmente 25%
Una actualización de prácticas del 8% de lo que paga IOMA retroactivo a julio (también se prevé un incremento en 2020)
Módulo COVID del 16% en consultas y del 8% en prácticas para abril, mayo y junio.
El valor de las consultas en internados se homologará con el valor de la consulta ambulatoria.
La jerarquización de la consulta de especialidades clínicas con un copago adicional (al copago de cada categoría) de $115, $160y $205 para un máximo de 800 médicos (y que no supere el 40% de profesionales de cada especialidad).
Jerarquización de unidades cerradas con una actualización del 100% de aumento para la consulta diaria del médico de UTI/UTIP/UCO/NEO (sin incremento para el coordinador).
Para el código 88, se reconocen aumentos diferenciales a determinadas prácticas en un 36 %, 20% y 16% (prácticas indicadas por AMP más retrasadas para ambulatorio e internación).
Incremento a 24% de lo que percibe el cirujano según categoría como para los ayudantes de cirugía.